¿Qué es la "debida diligencia en materia de derechos humanos y medio ambiente"?

Actualidade
30 Xunio 2021

Se entiende como el proceso por el que las empresas deben identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas por los impactos negativos, reales o potenciales, en sus actividades globales y cadenas de valor, las cuales a menudo incluyen filiales, subcontratistas, proveedores y otras relaciones económicas. Este proceso debe incluir:

  1. una evaluación e identificación de tales impactos,
  2. la actuación al respecto al objeto de ponerles fin o prevenirlos,
  3. el seguimiento de la implementación del proceso y sus resultados,
  4. y la comunicación de la forma en que se hace frente a dichos impactos.

Normas y estandares internacionales: voluntarias y con escaso nivel de cumplimiento

Los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGPs), adoptados en 2011, consagraron la debida diligencia como principio operativo para la puesta en práctica de la responsabilidad empresarial de respetar los derechos humanos. Otras normas internacionales al respecto incluyen la Declaración Tripartita de la OIT de Principios sobre las Empresas Multinacionales y la Política Social, la Recomendación del Consejo de Europa del Comité de Ministros a los Estados Miembros sobre Derechos Humanos y Empresas y las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales. Sin embargo, estos estándares siguen siendo voluntarios y la evidencia demuestra un escaso nivel de cumplimiento.

Un marco jurídico efectivo e integral que requiera que las empresas implementen la debida diligencia, que otorgue un rol importante a los sindicatos, los representantes de los trabajadores y todas las demás partes interesadas, y que incluya un régimen estricto de responsabilidad y cumplimiento y un mejor acceso a la reparación y la justicia, es esencial para generalizar una conducta empresarial responsable, mejorar el acceso a la justicia para las víctimas de abusos empresariales, dentro y fuera de Europa, ayudar a las autoridades estatales a cumplir con su deber de proteger los derechos humanos, y mejorar la evaluación y gestión de riesgos de las empresas.

La Comisión Europea ha lanzado una consulta pública

En abril de 2020, el Comisario de Justicia de la UE, Didier Reynders, se comprometió oficialmente con una iniciativa de la UE sobre gobernanza empresarial sostenible, que incluiría normas de debida diligencia empresarial. En octubre de 2020, la Comisión Europea lanzó una consulta pública para recabar las opiniones de las partes interesadas con relación a esta iniciativa. Se espera una propuesta legislativa en 2021. Paralelamente, el Parlamento Europeo, que ha subrayado anteriormente la necesidad de esta legislación en varias ocasiones, está actualmente trabajando en un informe legislativo al respecto.

La UE ya incluyó algunos elementos de debida diligencia en ciertos marcos regulatorios, como el Reglamento de la Madera y el Reglamento de Minerales de Conflicto, que establecen obligaciones de debida diligencia para los importadores de madera y de determinados minerales, así como la Directiva de Información No Financiera, que establece obligaciones empresariales de divulgación de información sobre riesgos y medidas en materia de derechos humanos.

Asimismo, algunos estados han adoptado legislación sobre debida diligencia empresarial, como la Ley del deber de vigilancia de Francia, adoptada en 2017, y la Ley de debida diligencia en materia de trabajo infantil de los Países Bajos, adoptada en 2019. Otros, como Alemania, Finlandia y Luxemburgo, están estudiando regulaciones semejantes.

Fuentes: enforcinghumanrights-duediligence