La reforma de las condiciones de trabajo de las empleadas del hogar y cuidados: un avance relevante en el que aún quedan pasos por dar

Actualidad
28 Septiembre 2022

La reforma de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las trabajadoras del hogar y cuidados supone un paso relevante y necesario en el reconocimiento de sus derechos tras años de reivindicaciones, adecuando parcialmente su régimen al del resto de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena de nuestro país. 

No obstante, las obras de la red SJM que acompañan a mujeres trabajadoras denuncian que esta reforma no termina con algunas de las situaciones de discriminación que vienen siendo habituales en ese sector. 

El Real Decreto Ley 16/2022, aprobado en el Consejo de Ministros del pasado 6 de septiembre, supone un avance muy relevante en el reconocimiento de derechos de las trabajadoras de hogar y cuidados. Aún sin llegar a la equiparación de derechos respecto al régimen general de la Seguridad Social, esta reforma reconoce el acceso a la prestación por desempleo y a la garantía de salarios e indemnizaciones por parte del estado en caso de insolvencia de la persona empleadora. Introduce para ello la obligación de cotización a partir del 1 de octubre de 2022.

Además, se introduce una bonificación del 80% a su cotización por desempleo, así como del 20% para la cotización por contingencias comunes a la Seguridad Social (ampliable según las condiciones familiares de la parte empleadora). Celebramos la consolidación de una normativa que reconozca la obligación de la parte empleadora a dar de alta en la seguridad social a toda trabajadora con independencia de las horas de servicio que suponga la relación laboral, eliminando los supuestos en los que podía ser la propia empleada del hogar quien pudiera darse de alta. Se introduce además el reconocimiento de un contrato indefinido y a tiempo completo si se detecta una relación laboral al margen de la legalidad.  Otro aspecto importante supone la eliminación de la figura del desistimiento, que daba la posibilidad de efectuar un despido sin alegar causa alguna.

Las obras de la red SJM acompañan estrechamente a mujeres dedicadas al empleo del hogar y cuidados, como un sector con un alto porcentaje de trabajadoras de origen migrado y caracterizado por ofrecer uno de los rostros más habituales de la informalidad en el empleo en nuestro país. Confiamos en que este nuevo régimen de empleo del hogar, junto con las novedades introducidas por la reciente reforma del Reglamento de Extranjería, permita avanzar en la garantía de regularidad administrativa continuada de las empleadas del hogar.

A su vez, y en base a esta labor, denunciamos que esta reforma no termina con situaciones discriminatorias que vienen siendo habituales en este ámbito:

  • Las bases de cotización específicas para el sistema especial de empleo del hogar siguen sin estar ajustadas a la realidad de los salarios, teniendo como consecuencia habitual que haya una cotización superior en estas relaciones laborales, con la correspondiente carga económica para la parte empleadora. 
  • No identificamos suficiente claridad en la nueva regulación del  fin de la actividad laboral, por tanto  prevemos que puedan generar inseguridad jurídica sobre su aplicación, con el consiguiente impacto en las personas más vulnerables de la relación laboral. En todo caso, las indemnizaciones por despido continúan por debajo del régimen general de trabajo por cuenta ajena. 
  • En el debate de fondo en la opinión pública continúa existiendo una alta estigmatización de las personas que trabajan en el sector. La reforma no valora situaciones discriminatorias y abusivas como es el régimen de las internas o el exceso de horas semanales trabajadas y, en todo caso, no establece diferenciación entre el trabajo de hogar (limpieza doméstica) y los cuidados a personas.  
  • El acceso para los trámites burocráticos se realiza casi en su totalidad de forma online, lo que acentúa la brecha digital en un sector de estas características, especialmente de aquellas personas empleadoras de edad más avanzada sin competencias digitales y también de las propias trabajadoras que carezcan de equipamiento adecuado.

Fuentes: web SJM