10 puntos clave que tienes que conocer para entender la respuesta al TEDH sobre las devoluciones sumarias

El TEDH resuelve sobre las devoluciones sumarias ND y NT
Actualidad
14 Febrero 2020

¡¡¡Novedades!!!!

Descarga aqui nuestro documento más completo, con todos los detalles legales y con una explicación del posible impacto de la sentencia del TEDH. Está preparado por una de las organizaciones que más saben de migraciones, el SJME (Servicio Jesuita Migrantes) y es muy riguroso. Con él podrás profundizar y entender mucho mejor las 10 claves que tenéis debajo.

 

  1. ¿Qué es el TEDH?

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos es una organización de alcance jurídico internacional y está en Estrasburgo.

Está compuesto por un número de jueces, igual al de los Estados miembros del Consejo de Europa que han ratificado el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales .

El Tribunal aplica este Convenio y su misión consiste en verificar que los derechos y garantías previstos por este Convenio son respetados por los Estados.

Los particulares o, en ocasiones, los Estados, pueden dirigirles quejas (“demandas”). Cuando el Tribunal constata que ha habido un incumplimiento por parte de un Estado miembro, de uno o varios de los derechos y garantías amparados por el Convenio, dicta una sentencia y su cumplimiento es obligatorio.

  1. El TEDH y el caso los ciudadanos ND y NT contra el Gobierno de España

N.D. y N.T. cruzaron las vallas de Melilla, entrando así a España el 13 de agosto de 2014. La Guardia Civil los detuvo junto con unas otras 70 personas de Subsahara, quienes también habían logrado pasar la valla y que fueron devueltos de forma inmediata a territorio marroquí – sin haber tenido ningún tipo de protección o acceso a recursos legales.

Presentaron una denuncia al TEDH y en una primera resolución les dio la razón  (art 4 : prohibición de las expulsiones colectivas de extranjeros y art 13 derecho a un recurso efectivo) y se condenó al Gobierno de España que, por su parte, la recurrió.

El TEDH ha procedido con su resolución definitiva el jueves 13 de febrero y su respuesta ha sorprendido y preocupado a todas las Ongs.

  1. ¿Qué es una devolución en caliente?  (el término más conocido por la ciudadanía)

“Devolución”: conducir forzosamente a una persona a través de la frontera hacia otro país.

“Devolución en caliente”, es la fórmula más común y utilizada por la ciudadanía, para referirse a la expulsión de las personas migrantes, por parte de las fuerzas de seguridad, en el momento de intentar cruzar la frontera con España de forma irregular, sin que se les aplique ninguna de las protecciones y garantías de la ley de extranjería.

  1. Rechazo en frontera (un concepto utilizado por los abogados)

Es el término jurídico-legal equivalente al término común de “devolución sumaria” y se corresponde concretamente con lo que la disposición adicional décima de la Ley de extranjería (LOEX).

Esta norma regula el modo de “impedir” que una persona entre ilegalmente en territorio español mientras trata de rebasar los obstáculos fronterizos y a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado encargados de contenerlos.

  • Por lo tanto, esta disposición adicional décima se utiliza para dar cobertura legal a las devoluciones sumarias
  1. ¿Devolución en caliente es equivalente a devolución sumaria?

Si, con dos fórmulas equivalentes y se utilizan de manera indistinta.

  1. ¿Qué es una devolución indirecta?

Recientemente se han denunciado casos de repatriaciones a Mauritania de personas de Mali o Senegal; es decir, a un país que no es el suyo, argumentando que muchas personas para hacer su camino migratorio hacia España y Europa han pasado por Mauritania.

Una vez  que estas personas están en Mauritania, o en Marruecos o …, se les envía en autobuses a las fronteras de sus países originales.

Es decir, de manera indirecta, a través de una 3ª parte, Mauritania en el ejemplo, estas personas se devuelven a sus países.

  1. ¿Devolución es igual a expulsión?

No, no es lo mismo una devolución que una expulsión. En ambos casos se trata de conducir forzosamente a una persona a través de la frontera hacia otro país pero se aplican a distintos casos y tienen un procedimiento de garantías diferente.

La expulsión es una sanción que corresponde a distintos tipos de infracción grave o muy grave de la ley de extranjería, como: la estancia irregular, la anulación de la residencia previo cumplimiento de una condena penal, determinados actos contra la seguridad ciudadana o la salud pública.

La devolución se aplica a personas detenidas cuando acaban de cruzar la frontera ilegalmente, o cuando han entrado en España contraviniendo una prohibición de entrada (medida accesoria a la expulsión).

  1. ¿Por qué las organizaciones sociales dicen que no son legales?

Porque la devolución, al igual que la denegación de la entrada por un puesto fronterizo, exige el respeto de unas garantías mínimas fijadas en la normativa española de acuerdo con la normativa internacional y europea de Derechos Humanos y no se están cumpliendo.

  1. ¿Qué garantías de los Derechos Humanos debe de respetar todo procedimiento de devolución?
  • Identificar a cada persona detenida cuando ha cruzado la frontera irregularmente.
  • Proporcionarle intérprete a una lengua que maneje efectivamente.
  • Proporcionarle defensa letrada.
  • Inquirir/Preguntarle/Interesarse por sus circunstancias personales, especialmente los motivos por los que ha entrado en territorio español y la situación que le espera si se le devuelve a su país de origen o al país desde el que ha entrado en España, su edad, etc
  • Darle a conocer los recursos disponibles contra la orden de devolución.
  • Darle oportunidad real para solicitar protección internacional u otro tipo de protección especial: como menor, como víctima de trata, etc.
  1. ¿Qué significan LOSC, LOEX y RLOEX?

LOSC: Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, también conocida como “Ley Mordaza”

LOEX: Ley de extranjería

RLOEX: Reglamento de la Ley de Extranjería

Fuentes: varios: sjme, ecchr, eldiario.es, elaboración propia