El Estado admite su responsabilidad en la muerte de Samba Martine, la inmigrante fallecida en el CIE de Aluche

Actualidad
17 Noviembre 2020

“El reconocimiento de la responsabilidad del Estado en este caso es muy importante porque supone una reparación moral para la familia y reconocer el carácter de víctima de esta mujer”. “Llegar hasta aquí y que el Estado reconozca que las cosas no se hicieron bien muestra el valor que tiene el trabajo de fiscalización de las entidades sociales”. (Cristina Manzanedo, abogada de la familia y portavoz del grupo de entidades sociales que han sostenido este proceso durante nueve años)

El Estado ha reconocido su responsabilidad en la muerte de Samba Martine, una inmigrante congoleña retenida en el CIE de Aluche (Centro de Internamiento de Extranjeros en Madrid) que murió en diciembre de 2011 sin que se le prestase asistencia médica adecuada. 

El Ministerio de la Presidencia ha resuelto así, de forma favorable, la demanda de responsabilidad patrimonial formulada hace ocho años por la familia de Samba. Cuando falleció, llevaba 39 días privada de libertad en el CIE de Aluche (Centro de Internamiento de Extranjeros de Madrid).

Las entidades sociales que han apoyado esta causa, el SJM entre ellas, han recibido con satisfacción esta resolución y la valoran positivamente aunque, según han explicado, en la actualidad, sigue sin existir un protocolo y un sistema informatizado que garantice el intercambio de información médica de las personas que pasan de un CETI a un CIE.

La resolución administrativa establece que Samba fue víctima del mal funcionamiento del CIE de Madrid (dependiente del Ministerio del Interior), del Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Melilla (dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones) y de la empresa SERMEDES S.L. (responsable del servicio de atención médica del Centro en aquel entonces).

Así, establece que los errores son imputables a los dos Ministerios y a la empresa y que deberán hacerse cargo a partes iguales de la indemnización a favor de la hija y de la madre de Samba.

Esta resolución, se fundamenta en las siguientes consideraciones:

  1. Ausencia de coordinación, exigible, entre dos órganos de la Administración. El historial médico de Samba no viajó con ella desde el CETI de Melilla al CIE de Aluche. No hubo comunicación entre los servicios médicos, a pesar de su gravedad y de que   estaba previsto que ella iba a pasar un buen tiempo encerrada en este CIE.
  2. La Administración tiene el deber fundamental de velar por la vida, integridad y salud de las personas sometidas a su custodia, dado que estas han sido privadas del derecho fundamental a la libertad por el propio Estado.
  1. Mala praxis y desatención a Samba Martine por el servicio médico del CIE. Samba pidió asistencia hasta en diez ocasiones y de la documentación del expediente se puede concluir que el servicio fue deficiente: ninguno de los médicos pidió un análisis clínico, a pesar de las numerosas dolencias que padecía, y  solo se le facilitó intérprete en una ocasión.
  2. Hubo concurrencia de responsabilidades, pero ello no puede eximir de la responsabilidad por el daño causado. Samba estuvo privada de libertad en el CIE y por tanto bajo la tutela de la Administración General del Estado desde su ingreso el 11 de noviembre hasta su fallecimiento. Y la responsabilidad de velar por su vida y su salud no puede quedar sin efecto por el hecho de que en la producción del daño hayan influido la actuación de dos centros distintos de la Administración, que comparten competencias, ni tampoco que la asistencia sanitaria estuviera contratada con una entidad privada.

Las entidades sociales que han seguido y apoyado esta causa han recordado que aunque han pasado más de ocho años de la muerte de Samba, que hoy sigue siendo igual de importante y necesario impulsar cambios en las políticas migratorias y cerrar definitivamente los CIE.

 

Fuentes: SJM, elpais.com, imagen: ElSalto